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LA NECESIDAD DE UNA ADECUADA PLANIFICACIÓN

LA NECESIDAD DE UNA ADECUADA PLANIFICACIÓN

Quizá nunca nos hayamos parado a pensar que a lo largo de nuestras vidas realizamos múltiples acciones con contenido y consecuencias jurídicas. Algunas veces tales efectos jurídicos serán difíciles de prever, pero en muchas otras ocasiones podríamos controlarlos a través de una adecuada planificación. 

Planificar todo es imposible, pero hacerlo dentro de unos límites, es una de las actividades más satisfactorias para los abogados, porque ayudamos a otras personas a prevenir problemas en relación con sus propias decisiones y voluntades. Conocer los mecanismos idóneos de planificación nos permitirá evitar desagradables sorpresas y perjuicios y, muchas veces, largos y costosos pleitos. 

Las acciones con significación jurídica se producen en casi todos los  ámbitos de las relaciones humanas: matrimoniales o de pareja de hecho, familiares, vecinales, laborales, transaccionales, contractuales, sucesorias… Y cada una de estas facetas se fragmenta  a su vez en numerosos y diversos aspectos. 

Por ejemplo, en relación con el matrimonio: ¿En qué se diferencia el matrimonio de la pareja de hecho? ¿Qué régimen económico regirá sobre los bienes de los cónyuges? ¿Qué diferencias existen entre el régimen de gananciales y el régimen de separación? ¿De qué deudas responden los bienes gananciales? ¿Puedo disponer unilateralmente de una casa privativa si ésta constituye la vivienda familiar? ¿Cuáles son los derechos hereditarios de los cónyuges y de las parejas de hecho? ¿Qué consecuencias tiene la separación o el divorcio? ¿Cuándo tendré derecho a una pensión compensatoria? ¿Cómo se liquida el patrimonio común del matrimonio o pareja?.... Y así sucesivamente, porque, con casi toda seguridad, cualquier pregunta nos llevará a otra.

Otro ejemplo: ¿Qué medidas puedo adoptar en previsión de que en el futuro pueda sufrir una incapacidad que me impida tomar mis propias decisiones sobre mi persona y bienes? ¿Cómo puedo intentar hacer valer mi voluntad cuando ya no pueda expresarla cabalmente? 

En este caso también hay distintos instrumentos jurídicos que pueden ser útiles, pero hay que conocerlos y disponer su futura aplicación: Otorgamiento de determinados poderes; disposición y regulación de mi propia autotutela (decidir la persona que quiero que se haga cargo de mi persona y de la administración de mis bienes), incluso se puede prever quiénes querría que fueran nombrados tutores de mis hijos menores o incapacitados y determinar reglas relativas a su cuidado y a la administración de sus bienes; Otorgar testamento vital para anticipar mi voluntad sobre los cuidados y tratamientos médicos que desearía recibir y sobre el destino final de mi cuerpo… Nuevamente múltiples soluciones, porque el derecho es tan rico y variado como la vida misma, precisamente porque está concebido para regular las vivencias y necesidades personales y las relaciones humanas.  

Otro ejemplo: En esta sociedad en la que existen tantas personas mayores, muchas de ellas que viven solas, ¿Cómo puedo planificar mi futuro bienestar y, al mismo tiempo, gratificar a la persona que se ocupe de proporcionármelo? Las respuestas vuelven a ser variadas. Desde luego siempre podrá hacerlo a través de disposiciones testamentarias a través de las cuáles mejore o realice disposiciones patrimoniales condicionales a favor de determinadas personas, pero también existen figuras jurídicas que permiten que lo haga en vida: Dentro del ámbito del derecho común podría hacer una donación de carácter remuneratorio o pactar un contrato de alimentos, ambos revocables en caso de incumplimiento del favorecido. En el ámbito de aplicación de la Ley de Derecho Civil Gallego, aunque sólo pueden convenirse a favor de descendientes, podría utilizar los pactos sucesorios, llamados de mejora. Estos pactos pueden suponer o no la entrega de presente de determinados bienes y pueden también condicionarse a que el mejorado cumpla o no las obligaciones impuestas y asumidas. En este mismo ámbito del Derecho Civil Gallego podríamos estipular un contrato de vitalicio por el que una o varias personas se obligan respecto a otra u otras a prestar alimentos (en la extensión que los interesados pacten, pudiendo tratarse no sólo de prestaciones materiales, sino también afectivas), a cambio de la cesión de determinados bienes o derechos. 

Más ejemplos: ¿Cómo puedo prever que mis relaciones de vecindad sean armónicas y no una continua fuente de conflictos? La prevención vuelve a resultar esencial: ¿Cómo puedo asegurar mis derechos de posesión y propiedad? ¿Tengo derecho a solicitar un derecho de paso para una de mis fincas a través de fincas ajenas? ¿Cómo debo recoger las aguas pluviales? ¿A qué distancia puedo abrir huecos, ventanas, balcones, con vista sobre una finca ajena? ¿A qué distancia puedo plantar árboles? ¿A qué distancia puedo instalar una chimenea, horno, pozo…? ¿Qué derechos me corresponden sobre una pared o muro medianero? ¿Puedo cambiar los ventanales de mi piso o acristalar la terraza? En todos estos supuestos y en otros muchos similares que se plantean en la vida real prevenir es curar.

Otra pregunta: ¿Debo hacer testamento? La respuesta es siempre afirmativa. No importa que creas que eres demasiado joven, que ya habrá tiempo para eso, que total no tienes hijos y otras miles de excusas que suelen pensarse al afrontar este tema que, por su contenido y significación, disponer tu voluntad para después de tu muerte, parece un poco tabú. Si alguien no hace testamento, la ley se pone en marcha y llama a determinadas personas que pueden coincidir o no con lo que realmente hubieras querido. Otro ejemplo: Si una persona casada o en pareja, sin hijos, muere sin haber otorgado testamento le heredarían sus padres. Realmente, ¿querría esa persona que su cónyuge o pareja no recibiera nada? Por otra parte, también es conveniente hacer la propia partición de tus bienes, ¿se imaginan cuantísimos pleitos se habrían podido evitar?  ¿Cuántas disputas familiares?...   Podría seguir, pero sólo se trata de una introducción que trataré de desarrollar en sucesivas entradas en este blog para poner de relieve el amplio abanico de materias en las que la planificación es de vital importancia

Estoy convencida de que planificar es un acto de responsabilidad, solidaridad y amor. Características que se abren en dos vertientes, tanto en relación contigo mismo, como en relación con el prójimo.

Abogadas Cee

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